¡Claro que sí! No solo pagar, sino tener siempre en cuenta que el uso, llamado sincronización, debe ser autorizado previamente.
Como venimos hablando, hay que tener en cuenta que estamos trabajando con la propiedad de otra persona, por lo tanto no podemos olvidar que esa/s persona/s tienen la facultad de decidir si quieren que su obra forme parte de determinada publicidad.
A veces no se trata solo de dinero, sino de afinidades. La imagen del autor puede considerarse dañada si su obra es utilizada para un producto opuesto a los intereses o afinidades del autor.
Por lo tanto,
¡No lo olvides! Siempre es necesario tramitar la autorización de una publicidad.
¡Con tiempo! Así te evitarás cambios y sorpresas en el presupuesto de tu campaña.
- Las reducciones a un spot publicitario que ya fue aprobado, se deben autorizar y arancelar? ¡Sí!
Por ejemplo, si tienes autorizado un spot de 25” y planeas sacar el mismo spot con una duración distinta, por ej., 15”, necesitarás nuevo arancel. Se consideran precios especiales reducidos para este tipo de uso, pero siempre se deben tramitar. - Si deseo volver a colocar un spot publicitario que tenía aprobado, necesito nueva autorización/arancel? Depende del plazo de vigencia de la autorización original. En general, se autorizan por períodos cortos, y al lanzar nuevamente una campaña en fecha posterior, deberás solicitar una nueva autorización.
Nosotros gestionamos autorizaciones de obras musicales de cualquier parte del mundo.
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